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29 septiembre 2025
29 septiembre 2025

EL TRIBUNAL SUPREMO SIENTA EN EL BANQUILLO AL FISCAL GENERAL DEL ESTADO Y LE IMPONE UNA FIANZA DE 150.000 EUROS

Un año y medio después de que en marzo del 2024 se filtrara a la prensa que el novio de Isabel Díaz Ayuso se enfrentaba a una causa por un doble delito fiscal, el Tribunal Supremo ordena sentar en el banquillo al máximo responsable de la Fiscalía española, acusado de haber maniobrado para airear que la pareja de la presidenta madrileña estaba siendo investigado por la Agencia Tributaria como presunto defraudador.

Ángel Hurtado, el magistrado que instruye la causa en el alto tribunal contra Álvaro García Ortiz, ha dictado hoy la resolución sin precedentes en la historia judicial por la que se acuerda la apertura de juicio oral contra un fiscal general del Estado en ejercicio, en este caso por el delito de revelación de secretos. Este escrito aboca a García Ortiz al banquillo, ya que no es recurrible.

El juez Hurtado, había decidido posponer el anuncio de la apertura del juicio contra el fiscal general hasta que pasara el acto de apertura del año judicial, celebrado el pasado viernes el Supremo, para que la resolución no interfiriera más en ese solemne evento presidido por el Rey y en el que la presencia del fiscal imputado junto al jefe del Estado provocó ya de por sí una fuerte polémica.

El instructor destaca que procede acordar la apertura de juicio oral y tener por dirigida la acusación contra Álvaro García Ortiz, por, «indiciariamente, haber revelado, en su condición de fiscal general del Estado, secretos de los que pudo haber tenido conocimiento por razón de su cargo, como presumible autor de un delito previsto y penado en el art. 417 CP, pues, como se viene exponiendo, no concurre supuesto alguno por el que sea procedente algún tipo de sobreseimiento».

El magistrado rechaza la petición de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) de suspender cautelarmente de sus funciones a García Ortiz, aunque remite su auto a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado para que, en su caso, resuelva lo que proceda y le informe de la decisión adoptada.

En relación con las medidas cautelares reales, el magistrado fija una fianza de 150.000 euros a García Ortiz para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que se puedan derivar, con el apercibimiento de que, si no la presta en el plazo de cinco días, se le embargarán bienes para asegurar dicha cantidad.

El instructor señala la Sala de lo Penal como órgano competente para juzgar los hechos y concede un plazo de diez días al abogado del fiscal general del Estado para que presente su escrito de defensa, frente a las acusaciones ya formuladas.

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