Noticias Campo de Gibraltar
29 marzo 2024
29 marzo 2024

LA POLICÍA LOCAL DE LA LÍNEA FINALIZA LA CAMPAÑA DE CONTROL DE TASAS DE DROGAS Y ALCOHOL EN CONDUCTORES

*Se han formulado seis denuncias por positivos en conducción bajo los efectos de las drogas y diez atestados por alcohol y carecer de permiso en base a 300 controles en distintos puntos de la ciudad durante la semana pasada en una campaña desplegada por la DGT

La  Jefatura de la Policía Local ha hecho públicos los datos relativos a la campaña sobre control de las tasas de alcohol y drogas en conductores, desarrollada a lo largo de la pasada semana en base a la iniciativa desplegada por la Dirección General de Tráfico.

Su objetivo ha sido detectar la presencia del alcohol como desencadenante y factor concurrente en un tercio de los accidentes mortales, multiplicando entre 2 y 15 veces la posibilidad de sufrir un siniestro.

La prioridad  es bajar del 1% los positivos de alcoholemia en los controles preventivos aleatorios, incidiendo en como conducir después del consumo de estancias psicoactivas (cannabis, cocaína, anfetaminas y metaanfetaminas) es de extremo riesgo vital y comparativamente frecuente a nivel nacional.

A nivel local se realizaron un total de 300 controles a vehículos en distintas zonas de la ciudad, de los cuales se practicaron seis denuncias por conducir bajo los efectos de las drogas y diez atestados judiciales, seis por presuntos delitos de conducción bajo los efectos del alcohol, según lo dispuesto en el artículo 379.2 del Código Penal, y cuatro por carecer de permiso o licencia, recogido en el artículo 384 del Código Penal.

En concreto, el artículo 384 establece que en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia de los puntos asignados legalmente, o aquellos privados cautelar o definitivamente del permiso por licencia judicial, además de los que conduzcan sin licencia, podrán enfrentarse a penas de prisión de entre tres o seis meses, una multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 a 90 días.

Estas mismas penas se recogen en el caso del artículo 379.2, relativo a los conductores de vehículos o ciclomotores bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas.

Además, como resultado de esta campaña, desde la Jefatura se cursaron cinco denuncias administrativas por conducir bajo los efectos del alcohol, con tasas que no llegan a ser consideradas como delitos.

Desde la Dirección General de Tráfico se subraya que, aunque los niveles de concienciación ciudadana respecto del consumo de alcohol durante la conducción mantienen una trayectoria ascendente, no ocurre lo mismo con las drogas, persistiendo determinados hábitos de consumo, en algunos sectores, más notorios en zonas urbanas, donde se registran tasas ligeramente superiores a las registradas en vías interurbanas.

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