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18 mayo 2024
18 mayo 2024

LA POLICÍA LOCAL DE LA LÍNEA HARÁ CONTROLES DE PATINETES PARA EVITAR QUE CIRCULEN POR ZONAS PEATONALES

*Los agentes están recibiendo formación interna sobre las nuevas disposiciones de la DGT que estipulan sanciones de 200 euros por su incumplimiento

La Jefatura de la Policía Local desarrollará una campaña, entre el 2 y el 15 de mayo, de control sobre vehículos de movilidad personal (patinetes), en base a las nuevas regulaciones dictadas por la Dirección General de Tráfico.

Previo al inicio de la misma, los agentes del Cuerpo han recibido un curso de formación interno, desde el departamento de Atestados, con el objetivo de conocer las actualizaciones de la normativa.

La instrucción dela DGT aclara los comportamientos sancionables que, como en cualquier otro vehículo, pasan por el uso del móvil, el alcohol, la velocidad o el uso de cascos y auriculares.

La regulación más destacable es la prohibición para estos vehículos de circular por aceras y zonas peatonales, en base a lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento General de Circulación, siendo sancionable con 200 euros, con las matizaciones que puedan contener las ordenanzas municipales.

Los vehículos de movilidad personal y demás vehículos ligeros propulsados electrónicamente, solo están autorizados para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos en los mismos será sancionable con 100 euros de multa.

La DGT estipula además que se considerará conducción negligente, y por lo tanto punible, cuando se realice la conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores, ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente será de 200 euros.

La conducción bajo los efectos del alcohol y drogas, será sancionada con la misma cuantía que si condujera otro vehículo. En caso de sobrepasar las tasas permitidas, 500 o 1.000 euros en función de la tasa, o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor 1.000 euros. Además, destacar que los conductores tendrán la obligación de someterse a las pruebas y, si se niegan,  salvo que la Fiscalía pueda establecer otros criterios de cara a una posible imputación por delito tipificado en en el artículo 379.2 del Código Penal, serán denunciados como infracción administrativa. Si el conductor diera positivo en alcohol o drogas, se inmovilizará el vehículo al igual que ocurre con el resto de turismos.

Con respecto al uso del móvil, auriculares o casos, también se especifica su prohibición, con una sanción aplicable de 200 euros.

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